Resumen: INDEMINIZACION DAÑOS Y PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD
Resumen: Conflicto Colectivo. Se pretende por Sindicato actuante se reconozca a los trabajadores del centro afectados incremento salario y demás complementos para el año 2020 en un 2% 6y subsidiariamente 80% IPC 2019. Dicho incremento está supeditado al de tarifa. El incremento salarial de los dos párrafos anteriores tendrá lugar cuando exista un incremento de tarifas en el que se pueda incorporar el incremento salarial, es acorde con la intención de los firmantes del mismo, norma hermenéutica que prima sobre las demás. Interpretación, por demás, que siendo privativa de los Tribunales de instancia y que en el presente caso se presenta como racional y lógica, ha de prevalecer, como más objetiva, sobre la del recurrente.
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal en la que se condena a un acusado como autor material de un delito de abusos sexuales. Acusado que impone a su víctima una serie de besos y tocamientos corporales de naturaleza sexual que la mujer desde el primer momento rechaza. Presunción de inocencia y actividad probatoria necesaria para desactivar la presunción. Testimonio de la víctima como única prueba directa de alcance incriminatorio. Pericial psicológica como elemento corroborador del relato de la testigo. Atenuante de dilaciones procesales indebidas. No se parecia. Transcurso de más de dos años entre el suceso del hecho y su enjuiciamiento. Suspensión de un señalamiento de juicio motivado por la no localización del acusado, quien no comunica al Juzgado el cambio de domicilio operado, de modo que la suspensión del juicio debe atribuirse a su conducta.
Resumen: PRIMERO.- La parte apelante, a través del escrito de formalización del recurso de apelación interpuesto contra la resolución de instancia, y con revocación de la misma, solicita la admisión a trámite de la demanda de ejecución presentada, que fue denegada porque lo solicitado en la demanda de ejecución ("1).- Se requiera y aperciba por el Juzgado por los comportamientos descritos a la ejecutada por el tema COVID, objetivamente muy graves, para que no vuelva a cometerlos, y, 2).- Se requiera y aperciba para que mantenga cauces de comunicación relativos al menor con el padre"), excede de lo acordado en la sentencia de 15 de junio de 20021, que adopta medidas paterno filiales del hijo en común, Raúl, referentes a una guarda y custodia materna, siendo compartida la patria potestad, el establecimiento de un régimen d visitas paterno filial y pensión alimenticia a cargo del padre de 200 euros mensuales, que constituye el título ejecutivo, y ello en virtud de lo establecido en los arts. 551 y 552 de la LEC.
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